Por: Jesús María Sánchez Montejano
Muchas veces hablamos de “ser” monaguillo pero…no se “es”, porque significaría que existe como tal y para eso…¡y no!
Ciertamente es costumbre popular hablar de esa manera pero valdría la pena preguntarnos si sabemos lo que estamos diciendo, si reflexionamos su sentido y aprovechamos los que se hace cuando se sirve bajo esta denominación o función, por esto conviene reflexionar.
La razón de existir y para lo que existimos es más que el “ser monaguillo”, por eso es más correcto hablar de servir como, señalando así que el servicio que se presta corresponde a un momento en la vida cristiana y un oficio en la liturgia, es decir una actividad específica de servicio.
Lo correcto es que sirve como, por lo tanto es un servidor de la liturgia.
En cuanto al nombre que recibe quien realiza este servicio unos le dicen acólito y otros monaguillo, pareciera que para la mayoría le acomoda decir monaguillo cuando se trata de menores de edad.
De hecho las conferencias episcopales de obispos aún los llaman monaguillos[1].
Pero resulta ser que este nombre viene de los tiempos en que había un barandal frente o alrededor del altar, para que solo pudieran pasar los ministros ordenados…generalmente ni siquiera las mujeres podían, solo varones. Y entre los varones solo podían entrar allí exclusivamente el sacristán (siempre varón) y “los (varones) monaguillos”.
En seguida se pueden ver dos ejemplos de barandal o balaustrada, como se usaban antes de la reforma promovida por el Concilio Vaticano II entre 1963 y 1965.
Nótese el barandal entre el aula de la asamblea y el presbiterio desde donde está tomada la fotografía.
Este es el altar de los reyes en la catedral de Puebla, donde también el altar principal está rodeado de una balastra o barandal.
Como consecuencia el nombre de los niños varones asistentes del ministro al altar, que si podían traspasar al sagrado lugar del presbiterio, se les llamó “monaguillos”.
Las palabras monje así como monaguillo según el Diccionario Etimológico Castellano en línea, de Chile (https://etimologias.dechile.net › monaguillo), proceden del préstamo al latín de monachus – monacus, existiendo también el diminutivo monachelo, de allí pasó al castellano como monaguillo.
En latín se tomó de la palabra griega monachós, que se refiere a quien se aparta de la sociedad por motivos religiosos para vivir una vida aislada de recogimiento.
Entonces, los clérigos (alguien dedicado al servicio de la Iglesia, sea secular – que significa que no tiene un reglamento distinto al modo de vivir de la gente en el mundo, -, o regular – los que si lo tienen, casi siempre en comunidad de dos o tres y específico para su forma de vida), en general debían estar en cierto modo aislados de muchas actividades sociales en los tiempos anteriores al Concilio (aunque no siempre se respetara las disposiciones el Derecho Eclesiástico o Canónico).
Aun así, los clérigos seculares que no tenían votos de castidad, pobreza y subordinación a un superior y una comunidad de vida dedicada a cultivar alguna cualidad evangélica (como pobreza, mansedumbre, paz, misericordia, justicia, pureza de corazón, oración), al ser agentes representantes del obispo estaban más relacionados con el modo de vivir en el mundo.
Pues bien, por esto los menores de edad que asistían a los clérigos (seculares o regulares) se les empezó a llamar monachello, cuando el lenguaje eclesiástico oficial era el latín. Y la palabra llegó para quedarse en la lengua castellana como monaguillo. Cabe saber que en Italia se quedó la palabra chiericheto – o sea pequeño clérigo. En Francia se les llama “enfant de choeur”; en catalán escolans y en Alemania ministrantes, y en lengua inglesa “altar boy”.
Y hay que tener presente que con los clérigos y el sacristán, estos menores eran los únicos que podía pasar al presbiterio y servir al altar, en una época en que el ministro que presidía la asamblea celebraba en el altar de espaldas al pueblo, cuando las iglesias por lo general estaban hechas para que todos dirigieran la mirada hacia el oriente[2]. Por ejemplo la catedral de la ciudad de Puebla, aquí en México, se orienta de esa manera, y así otras iglesias.
Pero…
Llegó el impulso de adaptar las viejas formas de celebrar a los nuevos tiempos que han desarrollado modos de pensar más amplios sobre la sociedad, la participación de las personas en las funciones públicas, así como sobre la religión, y el papel de las mujeres en ellas, así que también cambió el modo de participar en la liturgia y en el presbiterio.
Este impulso de reforma se volvió oficial desde el Concilio Ecuménico Vaticano II que tuvo lugar entre 1962 y 1965. Y para todo lo relacionado con la celebración del culto divino y los sacramentos este Concilio promulgó la Constitución “Sacrosantum Concilium” sobre la Sagrada Liturgia y su reforma con cuatro fines[3], entre otros para acrecentar entre los fieles la vida cristiana (incluyendo el culto) “adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo las instituciones que están sujetas a cambio”, en base a la forma original de ser y hacer las cosas de la Iglesia en sus fundamentos.
Entonces con el fin de promover la participación plena consciente y activa de los fieles en las celebraciones litúrgicas se comenzaron a promover varias reformas entre las cuales han estado el quitar de muchas iglesias antiguas los barandales entre el presbiterio y el resto de la iglesia. Y poco a poco las mujeres han venido a entrar en el área de los presbíteros, primero como comentaristas, luego como lectoras, y luego las niñas como…¿”monaguillas”?…creo que no es el apelativo apropiado, pero lo veremos más adelante.
Finalmente hoy en día tenemos muchas mujeres religiosas y laicas a las que se les asigna el Encargo del Ministerio Extraordinario de la Eucaristía, que también sirven al ministro que preside la celebración litúrgica. Y otras tantas veces sin más asignación que la necesaria para que se le asista.
Últimamente el Papa Francisco ha establecido con un motu proprio[4] titulado Spiritus Domini que los ministerios del Lector y del Acólito están en adelante también abiertos a las mujeres, de forma estable e institucionalizada con un mandato especial para las mujeres que leen la Palabra de Dios durante las celebraciones litúrgicas o que realizan un servicio en el altar, o como dispensadoras extraordinarias de la comunión Eucarística[5].
Dados estos cambios…
Las cosas han cambiado demasiado rápido, en estos tiempos del segundo decenio del siglo XXI, los bisabuelos de los que ahora son niños y muchos ya adolescentes, comenzaron a vivir en la Iglesia muy de otro modo a como se vive hoy, y no es fácil cambiar las cosas en solo tres generaciones cuando la generación más vieja todavía está presente en la sociedad. Es necesario tomar esto en consideración para entender porque palabras como “monaguillo” todavía se usa aun cuando los cambios han dado lugar a lo siguiente.
El acceso al presbiterio ya no está reservado solo a los clérigos – o monjes – y sus asistentes varones, como eran el sacristán y los niños que lo llegaban a asistir, ahora todo bautizado mujer o varón, laico o religiosos, con la edad suficiente y la preparación básica para entender la liturgia eucarística y la celebración de los sacramentos, en razón de su bautismo, puede ser llamado para asistir al ministro en el presbiterio.
Este ha sido un cambio importante y trascendente en nuestros tiempos.
Algunas funciones como el de proclamar las sagradas escrituras o asistir extraordinariamente al ministro que preside para administrar la comunión ya no es exclusivo de los clérigos – o monjes -, ni de los varones solamente.
Pues en base las formas de organizar el servicio en la Iglesia en los primeros tiempos, la Iglesia a partir de la Constitución Sacrosanctum Concilium ha establecido que:
«La santa madre Iglesia desea ardientemente que se lleve a todos los fieles a aquella participación plena, consciente y activa en las celebraciones litúrgicas que exige la naturaleza de la Liturgia misma y a la cual tiene derecho y obligación, en virtud del bautismo, el pueblo cristiano, “linaje escogido sacerdocio real, nación santa, pueblo adquirido” (1 Pe., 2,9; cf. 2,4-5). Al reformar y fomentar la sagrada Liturgia hay que tener muy en cuenta esta plena y activa participación de todo el pueblo, porque es la fuente primaria y necesaria de donde han de beber los fieles el espíritu verdaderamente cristiano, y por lo mismo, los pastores de almas deben aspirar a ella con diligencia en toda su actuación pastoral, por medio de una educación adecuada.»(SC 14)
Y en función de atender a la participación de todos los fieles, laicos y ministros ordenados, la Constitución establece en los números 27 a 31, varias disposiciones sobre la primacía de las celebraciones comunitarias, la importancia de que cada cual, ministro o simple fiel, desempeñe su oficio como le corresponde. Señala además que quienes desempeñan un auténtico ministerio litúrgico, como oficio (como delegación o cargo que se desempeña por delegación de una autoridad, en este caso el ministro que preside), y no necesariamente como “ministro” (alguien que por institución de una autoridad tiene establecido formalmente a su cargo un oficio). Insiste también en la participación activa de los fieles en general, que debe tenerse muy en cuenta en la normatividad litúrgica.
Y es justo en el número 29 donde se habla de los ministerios litúrgicos señalando en primer lugar a los acólitos.
Primacía de las celebraciones comunitarias
- Siempre que los ritos, cada cual según su naturaleza propia, admitan una celebración comunitaria, con asistencia y participación activa de los fieles, incúlquese que hay que preferirla, en cuanto sea posible, a una celebración individual y casi privada. Esto vale, sobre todo, para la celebración de la Misa, quedando siempre a salvo la naturaleza pública y social de toda Misa, y para la administración de los Sacramentos.
Cada cual desempeñe su oficio
- En las celebraciones litúrgicas, cada cual, ministro o simple fiel, al desempeñar su oficio, hará todo y sólo aquello que le corresponde por la naturaleza de la acción y las normas litúrgicas.
Auténtico ministerio litúrgico
- Los acólitos, lectores, comentadores y cuantos pertenecen a la Schola Cantorum, desempeñan un auténtico ministerio litúrgico. Ejerzan, por tanto, su oficio con la sincera piedad y orden que convienen a tan gran ministerio y les exige con razón el Pueblo de Dios.
Con ese fin es preciso que cada uno, a su manera, esté profundamente penetrado del espíritu de la Liturgia y sea instruido para cumplir su función debida y ordenadamente.
Participación activa de los fieles
- Para promover la participación activa se fomentarán las aclamaciones del pueblo, las respuestas, la salmodia, las antífonas, los cantos y también las acciones o gestos y posturas corporales. Guárdese, además, a su debido tiempo, un silencio sagrado.
Normas para la revisión de las rúbricas
- En la revisión de los libros litúrgicos, téngase muy en cuenta que en las rúbricas esté prevista también la participación de los fieles.
El número 29 señala entre los ministerios litúrgicos a los acóllitos, junto con los comentadores, los que pertenecen a la schola cantorum, que no requieren ser “nombrados” ministros. Posteriormente se establecerá el “ministerio del acolitado”, en1972, con la firma de la carta apostólica Ministeria quaedam, por el Papa Pablo VI.
En la “Instrucción General del Misal Romano” se establece o siguiente:
Los demás ministerios
- En ausencia del acólito instituido, pueden destinarse para el servicio del altar y para ayudar al sacerdote y al diácono, ministros laicos que lleven la cruz, los cirios, el incensario, el pan, el vino, el agua, e incluso pueden ser destinados para que, como ministros extraordinarios, distribuyan la sagrada Comunión.
Y no especifica ninguna denominación que “ministros laicos”, solo indica más adelante en el número 107:
“En cuanto al ministerio de servir al sacerdote en el altar, obsérvense las normas dadas por el Obispo para su diócesis.”
Más adelante la “Instrucción…” indica:
“116. En cualquier celebración de la Misa, si está presente un diácono, éste debe ejercer su ministerio. Es conveniente, de todas formas, que al sacerdote celebrante ordinariamente lo asistan un acólito, un lector y un cantor.”
Y no especifica si estos son instituidos o no. Y en el número 139 indica:
- Terminada la oración universal, todos se sientan y comienza el canto del ofertorio (cfr. n.74). El acólito u otro ministro laico coloca sobre el altar el corporal, el purificador, el cáliz, la palia y el misal.
Como conclusión propongo considerar:
Que los menores de edad que ya han celebrado su iniciación cristiana, han sido previamente preparados y asisten al que preside la asamblea, por un lado ya no son solo varones, y ejercen su ministerio en un lugar que ya no se reserva exclusivamente para los clérigos – o monjes –, y que no solo los ministros instituidos o quien ha recibido el “ministerio de acólito” quien pueden ejercer un ministerio, sino también todo bautizado laico con la reparación indispensable y de 7 años en adelante (salvo excepciones), puede asistirlo por encargo o delegación del ministro que preside.
Esto no impide que algunos puedan ser preparados por un delegado del ordinario del lugar (obispo o párroco), y asignados para asistir al ministro por delegación formal, estable y por cierto tiempo, entre ellos menores de edad, ya que para estos últimos, esta forma de participación y ejercicio de su sacerdocio bautismal es muy importante para saber que tienen un lugar entre los oficios de los demás fieles, en los que estarán más propiamente presentes los adultos.
En cuanto al nombre, siguiendo la nominación que se encuentra en la Constitución sobre la divina Liturgia y el lenguaje de la “Instrucción General del Misal Romano”, creo que es más apropiado acólito, ya que su definición es el que está junto, el que sigue, acompaña, el que asiste a otro. En la Iglesia primitiva significaba servir al altar. En el diccionario de la Real Academia Española el término incluso aparece ya como acólito, ta. Por lo que insisto que el término puede ser sin duda el más apropiado para los tiempos presentes y futuros. Y entre otras cosas para evitar la “clericalización” de los laicos, y de los laicos menores de edad.
[1] Véase por ejemplo el Glosario de términos católicos, de la Conferencia de Obispo Católicos de lod Estados Unidos, bajo el término “ministerio eclesial laico”:
https://www.usccb.org/es/about/public-affairs/glossary/glosario-de-terminos-catolicos.cfm
[2] Véase: La orientación en las Iglesias Románicas de Ederlinda Viñuales Gavín, en: http://sac.csic.es/astrosecundaria/es/astronomia_en_la_ciudad/iglesias%20romanicas%20final.pdf
[3] “…acrecentar de día en día entre los fieles la vida cristiana, adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo las instituciones que están sujetas a cambio, promover todo aquello que pueda contribuir a la unión de cuantos creen en Jesucristo y fortalecer lo que sirve para invitar a todos los hombres al seno de la Iglesia.” SC 1.
[4] un documento emanado directamente del papa, por su propia iniciativa y autoridad, y firmado personalmente por él. Contiene la promulgación de una ley particular, que modifica y perfecciona la Constitución apostólica.
[5] Con este ha establecido que los ministerios del Lector y del Acólito están en adelante también abiertos a las mujeres, de forma estable e institucionalizada con un mandato especial. Las mujeres que leen la Palabra de Dios durante las celebraciones litúrgicas o que realizan un servicio en el altar, o como dispensadoras de la Eucaristía, no son ciertamente una novedad: en muchas comunidades del mundo son ahora una práctica autorizada por los obispos. Sin embargo, hasta ahora todo esto se ha realizado sin un mandato institucional real y adecuado, en derogación de lo establecido por San Pablo VI, quien, en 1972, al abolir las llamadas “órdenes menores”, había decidido mantener el acceso a estos ministerios reservados a los hombres sólo porque los consideraba preparatorios para un eventual acceso a las órdenes sagradas. Ahora el Papa Francisco, también a raíz del discernimiento que surgió de los últimos Sínodos de Obispos, quiso hacer oficial e institucional esta presencia femenina en el altar.